Trámites

Derecho de petición

El derecho de petición permite solicitar información, pedir la intervención de una entidad, presentar una queja o reclamar por un servicio. Está reconocido en el artículo 23 de la Constitución y regulado por la Ley 1755 de 2015.

Este generador crea un derecho de petición formal con tus datos, la entidad destinataria, los hechos, la petición concreta y los fundamentos. Puedes usarlo ante entidades públicas y, en muchos casos, ante empresas privadas.

Actualizado el 26 de octubre de 2026 8 min de lectura Generador gratis

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Genera tu derecho de petición

Relata los hechos en orden y sé claro con lo que pides. El documento incluye los plazos legales según el tipo de petición.

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Entidad o destinatario
Peticionario
Petición

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Qué es el derecho de petición

Es la facultad de presentar solicitudes respetuosas ante autoridades y, en ciertos casos, ante particulares que prestan servicios públicos o funciones administrativas. No necesitas abogado para presentarlo.

Puedes usarlo para:

  • Solicitar información o copia de documentos.
  • Pedir que se preste un servicio o se resuelva una solicitud.
  • Presentar una queja o reclamo.
  • Consultar un asunto a cargo de la entidad.

Qué debe incluir un derecho de petición

  • Designación de la entidad o persona a quien se dirige.
  • Nombre completo, cédula y domicilio del peticionario.
  • Correo electrónico o dirección para recibir la respuesta.
  • Objeto de la petición.
  • Hechos y razones que sustentan la solicitud.
  • Petición concreta y clara.
  • Documentos anexos, si aplica.
  • Firma.

No uses lenguaje irrespetuoso. Una petición clara y bien documentada tiene más probabilidades de recibir una respuesta útil.

Plazos de respuesta

La Ley 1755 de 2015 establece plazos generales:

  • 10 días hábiles para solicitudes de información o copia de documentos.
  • 15 días hábiles para quejas, reclamos o solicitudes de intervención.
  • 30 días hábiles para consultas sobre asuntos a cargo de la entidad.

Hay plazos especiales para algunos temas, como salud. Si la entidad no responde, puedes insistir y evaluar acciones legales, como la tutela si se afectan derechos fundamentales.

Cómo radicar el derecho de petición

  1. Descarga el documento y fírmalo.
  2. Radícalo en la ventanilla, por correo electrónico o por el canal PQRS de la entidad.
  3. Guarda el número de radicado y la fecha de presentación.
  4. Anota la fecha límite de respuesta.
  5. Si no responden, envía un recordatorio citando el radicado.

Errores comunes

  • No identificar correctamente la entidad competente.
  • Pedir varias cosas sin relación y sin claridad.
  • No adjuntar los documentos que sustentan la solicitud.
  • No guardar el radicado ni la copia del escrito.
  • Usar un modelo genérico sin adaptar los hechos.

Preguntas frecuentes

¿Necesito abogado para un derecho de petición?

No. Cualquier persona puede presentarlo sin abogado. Si el caso es complejo, conviene consultar a un profesional, pero no es un requisito para radicarlo.

¿Puedo presentarlo ante una empresa privada?

Sí, en los casos previstos por la ley, especialmente cuando la empresa presta servicios públicos o cumple funciones administrativas. También puedes usar canales de PQRS de empresas para quejas y reclamos.

¿Qué pasa si no responden?

Puedes insistir por escrito y, según el caso, acudir a la tutela si se vulnera un derecho fundamental. Guarda siempre el radicado y las pruebas de la solicitud.

¿Puedo pedir copia de documentos?

Sí. La solicitud de información o copia tiene un plazo general de 10 días hábiles. Identifica los documentos con precisión para facilitar la respuesta.

Fuentes y referencias

Aviso importante: Este modelo es orientativo y no sustituye la asesoría jurídica personalizada. Adapta los hechos y la petición a tu caso concreto.

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